1. - Ámbito de aplicación- Las presentes condiciones generales de contratación serán aplicables a cualquier contrato que se realice entre la empresa LYFERPIN S.L. en adelante "la Empresa" dentro de su actividad, es decir, la fabricación, envasado y comercio al por mayor y menor de productos de perfumería, cosmética, belleza, droguería, pinturas, barnices, lacas, productos de conservación e higiene así como cualquier otra que contratase con éstas, con el que en adelante se denominará "el Cliente".Sólo podrán ser modificadas por acuerdo escrito entre las partes, por lo que serán inválidas en este sentido las cláusulas o condiciones que figuren, impresas o manuscritas, en los pedidos, presupuestos, cartas u otros documentos emitidos por el Cliente.
La modificación por LYFERPIN S.L. de las presentes condiciones generales de contratación no afectará a contratos ya perfeccionados. Estas condiciones, son públicas y se le comunican a los clientes por correo postal, electrónico, FAX u otro medio que la Empresa vendedora elija, y no será necesario comunicárselas a los clientes cada vez que se realice un contrato, bastará con hacerlo una vez ya que son las mismas para todas las operaciones excepto pacto por escrito en contrario. De todas maneras, y para que el Cliente no pueda alegar la falta de comunicación de las mismas, están a su disposición en las oficinas de la empresa sitas Pol. Vilar do Colo, Parcela H-11 A, 15.622, Cabanas- A Coruña, así como, en la URL: http://www.lyfer.es y en el Registro de Bienes Muebles de A Coruña situado en la calle Novoa Santos no 5-1o. 15006 A Coruña en la sección de "Registro de Condiciones Generales de la Contratación" con el nombre de "Condiciones Generales de Contratación de LYFERPIN S.L”
2.- Presupuesto- El CLIENTE tiene derecho a recibir un presupuesto escrito y detallado del servicio que contrata. La validez del mismo será de 15 días hábiles, a contar desde aquél en que la empresa le comunique que ha sido realizado y se encuentra a su disposición.
El cliente se hace responsable de la veracidad de las medidas facilitadas a la empresa a todos los efectos.
La empresa no percibirá retribución alguna por la realización del presupuesto siempre que el servicio sea ejecutado por LYFERPIN S.L. no obstante, si el cliente, una vez realizado el presupuesto, decide desistir de los servicios presupuestados o adeuda alguna cantidad vencida y exigible, deberá abonar las horas de trabajo necesarias para la confección de dicho presupuesto conforme al precio de mercado.
Se entiende aceptado el presupuesto con confirmación escrita por parte del cliente o por email, fax o cualquier otro medio electrónico Si el CLIENTE realiza el pedido directamente y no solicita la elaboración de presupuesto, se entiende que renuncia a la realización del mismo.
3.- Tiempo y lugar de entrega o prestación del servicio- Será el que expresamente hubiera sido pactado entre las partes en el contrato.
Condiciones que serán a cargo del cliente, siempre que los trabajos lo requieran:
Accesibilidad para los medios de transporte necesarios para hacer llegar la mercancía.
Libertad de tránsito por las instalaciones para los trabajadores de LYFERPIN S.L. que se encarguen de llevar a cabo los trabajos acordados, en la medida de lo necesario.
Suministro de energía eléctrica y agua.
Medios para descarga de mercancía.
Un lugar donde llevar a cabo los trabajos pactados.
Certificado ADR.
Carnet manipulador de alimentos.
El plazo de entrega podrá ser ampliado:
Cuando no se cumplan los requisitos expresados por parte del cliente.
Cuando existan motivos ajenos a la voluntad y control de la
Empresa que impidan el cumplimiento de la fecha de entrega.
Cuando el CLIENTE cambie el pedido original o se retrase en sus obligaciones contractuales, especialmente en las relativas a la entrega de los documentos necesarios para llevar a cabo la operación o a los pagos acordados.
En ningún caso el plazo de entrega o de ejecución tendrá el carácter de esencial en el contrato. Una vez realizado un pedido o aceptado un presupuesto, el CLIENTE no podrá rescindir dicho acuerdo de forma unilateral. En caso de rescisión, la Empresa se reserva el derecho de repercutir todos los gastos justificados en que haya incurrido desde el momento de la aceptación del mismo como consecuencia de tal pedido o encargo.
4.-Precio – Todos los precios deberán de ser considerados como netos, en la divisa pactada, sin ninguna deducción de cualquier tipo, salvo pacto en contrario.
Los precios no incluyen impuestos, tasas u otras cargas, tanto de naturaleza general como especial, que serán a cargo del CLIENTE, a menos que se pacte otra cosa por escrito, teniendo en cuenta los Incoterms que en su caso sean de aplicación y/o las condiciones de entrega de las mercancías.
5.-Forma de pago -Salvo pacto escrito en contrario, el pago habrá de hacerse al contado, sin ningún descuento, y sin que se permita deducción, compensación o retención de pagos por parte del CLIENTE. En el caso de que se hubiesen pactado unas fechas de pago, éstas deberán de ser cumplidas por el CLIENTE incluso si el transporte o la entrega se demorasen debido a cuestiones ajenas al control de la Empresa.
Si la Empresa lo considera oportuno por la posición financiera del CLIENTE, podrá solicitar las garantías que considere necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales de éste, pudiendo entretanto suspender las entregas.
En caso de existir pacto expreso entre las partes en el aplazamiento de las obligaciones contractuales y en especial en los cobros, el retraso en el cumplimiento de los mismos devengará un interés mensual máximo con arreglo a le legislación vigente en cada momento.
6.-Devengo de intereses de demora e indemnización por costes de cobro- Con efectos desde la fecha de pago acordada, el CLIENTE deberá pagar intereses de demora según la Ley 15/2010, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales o aquella que la sustituya, que se fijan con la aceptación de estas condiciones generales de contratación en el interés mensual máximo con arreglo a le legislación vigente en cada momento.
Además del devengo de estos intereses cuando el CLIENTE incurra en mora, el industrial tendrá derecho a reclamar al CLIENTE los costes de cobro referidos en la citada Ley.
7.-Aceptación de mercancía– Una vez finalizada la entrega de la mercancía, se entiende aceptación de la misma a la firma del albarán, carta de porte, parte de servicio y demás documentación.
El albarán deberá de ser firmado por el mismo u otra persona autorizada, en el caso de ausencia de éstos, el CLIENTE, al aceptar estas condiciones, dará por válida la firma de otra persona que, estando en estas dependencias, recoja la mercancía debiendo identificarse a con su nombre y DNI, siendo válido en todo caso la firma del transportista.
El CLIENTE revisará y llevará a cabo el reconocimiento de los servicios y mercancías en cuanto a calidad y cantidad en el momento de la entrega.
Una vez revisadas y practicado el reconocimiento se considerará una aceptación por parte del CLIENTE, renunciando éste a cualquier reclamación. Asimismo, el Cliente dispondrá de un plazo de 7 días para denunciar cuantos vicios o defectos ocultos se presenten en los productos o servicios prestados, transcurrido el cual el Cliente perderá toda acción y derecho a reclamar por esta causa en contra de la Empresa.
En cuanto a las reclamaciones relativas al uso, venta o distribución de los productos vendidos o entregados, individualmente o en combinación con otros productos, o cualquier otra queja relativa al contrato, los derechos del Cliente y la responsabilidad de la Empresa se limitarán a la reparación o cambio del producto por otro de iguales o similares características.
El Cliente nunca tendrá derecho a devolver los productos aceptados o cuyo plazo para denunciar defectos haya transcurrido. La responsabilidad de la Empresa nunca excederá el valor de las mercancías afectadas en el momento de la venta.
8.-Garantía- La Empresa se adhiere a la garantía del fabricante teniendo la misma una duración de 2 años para particulares y de 1 año para empresas a partir de la factura de venta emitida por la empresa o albarán de entrega, exceptuando los productos perecederos cuyo plazo de garantía será su fecha de caducidad.
Quedan excluidas de la garantía y responsabilidad de la Empresa todas las deficiencias fuera de su control, especialmente si es como resultado del desgaste normal, mantenimiento o uso inadecuado, influencia de una acción externa de cualquier tipo, condiciones meteorológicas adversas, subida eléctrica o cualquier otra cuestión ajena a la voluntad de la empresa.
Si el CLIENTE alega que una garantía, de acuerdo con las especificaciones técnicas de la mercancía, no es alcanzada, la garantía sólo será válida si la Empresa tiene la oportunidad de comprobar que los parámetros garantizados no son alcanzados. La garantía por la Empresa está sujeta al oportuno cumplimiento de las condiciones de pago acordadas con el CLIENTE.
9.-Límite de responsabilidad- Salvo acuerdo en contrario, la responsabilidad de LYFERPIN S.L. nunca excederá del valor del presupuesto contratado LYFERPIN S.L. afrontará cuantos daños y perjuicios ocasione a personas y bienes en la ejecución de sus trabajos siempre que en ella y respecto a tales daños se den IMPUTABILIDAD, CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD.
10.-Seguros- El beneficio y riesgo del objeto del contrato pasarán al CLIENTE una vez puesto a disposición del mismo.
11.-Incumplimiento del CLIENTE- En caso de incumplimiento, total o parcial, o falta de cumplimiento puntual o adecuado de cualquiera de las obligaciones del CLIENTE, así como, en caso de declaración de concurso de acreedores, liquidación o disolución de su empresa, LYFERPIN S.L. tendrá derecho a notificar la rescisión total o parcial del contrato o la suspensión de su ejecución en todo o en parte. Ello se realizará mediante notificación sin necesidad de ulterior advertencia de incumplimiento o intervención judicial, y sin que la Empresa deba responder por los daños, sin perjuicio de cuantos otros derechos asistan a la Empresa. Tan pronto como se produzca cualquiera de las circunstancias antes mencionadas, todas las reclamaciones de pago, vencidas o no, cuotas de refinanciación o cualquier otra obligación que la Empresa tenga frente al CLIENTE se convertirán en exigibles y en pagaderas inmediatamente. Los documentos cambiarios o, en su defecto, cualquier otro documento formal de pago estipulado para el pago de las obligaciones contractuales contraídas entre ambas empresas deberán ser enviados a la Empresa en el momento de emisión de la factura. El retraso en su envío se considerará como un incumplimiento contractual.
12.-Fuerza mayor-“Fuerza Mayor” significa, la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo, pero no limitándolo, a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, o solicitud de cualquier autoridad (nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte.
Si por Fuerza Mayor cualquiera de las Partes no puede cumplir alguna obligación del presente Contrato distinta a la de pago del precio, dicha Parte queda exonerada de su cumplimiento, siempre que lo notifique a la otra indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de Fuerza Mayor. La Parte que invoque la Fuerza Mayor deberá enviar notificación inmediata tras la finalización de la causa que motive la misma. La Empresa no será responsable frente al CLIENTE por ninguna pérdida o daño derivado del incumplimiento o de la falta de cumplimiento puntual o total de sus obligaciones por causa de Fuerza Mayor.
Esta cláusula es aplicable a la Empresa y a su planta, y al CLIENTE y su planta. No obstante los anteriores apartados de este artículo, si al CLIENTE le afecta la Fuerza Mayor no será relevado de ninguna de sus obligaciones de aceptar y pagar los envíos hechos con anterioridad al recibo por parte de la Empresa de la notificación por escrito del CLIENTE de la situación de Fuerza Mayor; tampoco el CLIENTE podrá invocar la causa de Fuerza Mayor para retrasar el pago de la cantidades adeudadas. Si concurre causa de Fuerza Mayor, la Empresa tendrá derecho a distribuir, en la forma que considere razonable, las cantidades de productos útiles entre sus CLIENTES y sus propios requerimientos.
13.-Compensación- La Empresa tiene derecho a compensar cualquier suma que le adeude el CLIENTE (entendido como todas las compañías que forman parte del mismo grupo que el Comprador), contra cualquier suma pagadera al CLIENTE.
14.-Reserva de dominio- La EMPRESA seguirá siendo dueña de todos los materiales suministrados hasta la recepción completa de los pagos acordados. De esta misma manera, el CLIENTE autoriza a LYFERPIN S.L. a retirar la mercancía de sus instalaciones o dominios, sin previo aviso ni autorización a partir del primer incumplimiento contractual, considerándose la aceptación de estas condiciones como autorización expresa y a los efectos señalados.
15.-Notificaciones- Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de la Empresa al CLIENTE se considerarán eficaces a todos los efectos cuando se realicen por envío de correo postal al domicilio indicado por el CLIENTE, envío por correo electrónico, sms, mms, fax, whatsapp, comunicación por llamada telefónica a la dirección o número indicado por el CLIENTE o, en su defecto, al número propiedad del CLIENTE o de sus apoderados.
A estos efectos, el CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a la Empresa todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre la Empresa y el CLIENTE.
16.-Confidencialidad y protección de datos- En cumplimiento de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal facilitados por el CLIENTE formarán parte del fichero de CLIENTES de la Empresa, cuyos fines son el mantenimiento de la relación contractual, el control y gestión de las ventas y sus correspondientes cobros. La Empresa tratará dichos datos con la máxima confidencialidad, y se compromete a no utilizarlos con un fin distinto a aquel para el que han sido recabados, así como a conservarlos con las debidas medidas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. La Empresa se compromete a guardar secreto profesional respecto de los referidos datos personales, incluso una vez finalizada la relación contractual. El CLIENTE autoriza a la Empresa a conservar sus datos durante un periodo de cinco años una vez cumplida la prestación contractual. El CLIENTE tiene la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una comunicación por escrito a la atención del Responsable de Protección de Datos.
17.-Separabilidad- Las presentes condiciones se considerarán independientes y, si alguna de ellas, en todo o en parte, se dejase sin efecto por las partes mediante pacto expreso escrito o fuera inválida por cualquier razón, el resto conservará su validez con toda su fuerza y efecto.
18.- Ley aplicable- Estas Condiciones Generales se regirán e interpretarán conforme a la legislación española en aquello que no esté expresamente previsto en las mismas. Así mismo, en cuanto a la ley aplicable a las operaciones realizadas por LYFERPIN S.L. las partes pactan por medio de la aceptación de estas condiciones generales de la contratación, el sometimiento expreso al ordenamiento jurídico español.
19.- Fuero- CLÁUSULA ESPECIAL ARBITRAJE
En caso de resultar procedente litigio, las partes se comprometen, con renuncia a cualquier otro fuero, a someter todos los conflictos, litigios y desavenencias surgidas, ya sea de cumplimiento, interpretación o ejecución de un contrato, al arbitraje de derecho del Tribunal de la Asociación para el Arbitraje Mercantil “TAM", en el marco de sus Reglamentos, al cual se encomienda la administración del arbitraje y la designación del árbitro o tribunal arbitral, obligándose desde ahora al cumplimiento de la decisión arbitral. En cuanto a la ley aplicable al litigio, las partes se someten expresamente al ordenamiento jurídico español por medio de las presentes condiciones generales de la contratación.